Prevención de riesgos.
Obligación de Informar.
De acuerdo en el Art 21° del Decreto Supremo N° 40 establece que los empleadores deben informar oportunamente a sus trabajadores sobre los peligros y riesgos que entrañan sus labores, así como también respecto a las medidas preventivas y los métodos de trabajo correctos. Lo anterior en función de la actividad que realice la organización.
Reglamento Interno.
Toda empresa debe contar con un reglamento interno sobre higiene y seguridad dentro de sus instalaciones, el que debe ser conocido por los trabajadores.
Cuando la empresa tiene más de 10 trabajadores, deberá elaborar un reglamento interno de orden, higiene y seguridad
Matriz de Riesgos.
Es una herramienta de poder identificar los riesgos existe en el proceso productivo de una empresa y poder evaluar los riesgos detectados y así elaborar un plan de trabajo donde se tomarán las medidas preventivas y los métodos de trabajo correspondiente para lograr un control eficiente de los riesgos presente de una empresa.
Charlas / Capacitaciones.
Es una herramienta fundamental de las empresas ya que tiene la importancia de entregar la información necesaria de seguridad hacia sus trabajadores (conocimiento/sensibilización) en el cumplimiento de los procesos, procedimientos y funciones realizados en la organización, garantizando un desarrollo de las operaciones de forma segura.
P.T.S.
Los Procedimientos de Trabajo Seguro (PTS), describen de manera concreta la manera correcta de realizar un trabajo determinado. Con el fin de estandarizar el proceso de trabajo y evitar el riesgo de accidentes laborales al personal y daños a equipos, herramientas e infraestructura de la empresa.
Protocolos.
El Ministerio de Salud ha desarrollado una serie de documentos técnicos con el objetivo de controlar la gestión del riesgo y la prevención de enfermedades profesionales. Dependiendo el rubro de la empresa, se deberá implementar los protocolos correspondientes, como, por ejemplo: Prexor, TMERT-EESS, Psicosocial, MCC, Covid-19, etc.