Prevención de riesgos.
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Obligación de Informar.
De acuerdo en el Art 21° del Decreto Supremo N° 40 establece que los empleadores deben informar oportunamente a sus trabajadores sobre los peligros y riesgos que entrañan sus labores, así como también respecto a las medidas preventivas y los métodos de trabajo correctos. Lo anterior en función de la actividad que realice la organización.
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Reglamento Interno.
Toda empresa debe contar con un reglamento interno sobre higiene y seguridad dentro de sus instalaciones, el que debe ser conocido por los trabajadores.
Cuando la empresa tiene más de 10 trabajadores, deberá elaborar un reglamento interno de orden, higiene y seguridad
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Matriz de Riesgos.
Es una herramienta de poder identificar los riesgos existe en el proceso productivo de una empresa y poder evaluar los riesgos detectados y así elaborar un plan de trabajo donde se tomarán las medidas preventivas y los métodos de trabajo correspondiente para lograr un control eficiente de los riesgos presente de una empresa.
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Charlas / Capacitaciones.
Es una herramienta fundamental de las empresas ya que tiene la importancia de entregar la información necesaria de seguridad hacia sus trabajadores (conocimiento/sensibilización) en el cumplimiento de los procesos, procedimientos y funciones realizados en la organización, garantizando un desarrollo de las operaciones de forma segura.
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P.T.S.
Los Procedimientos de Trabajo Seguro (PTS), describen de manera concreta la manera correcta de realizar un trabajo determinado. Con el fin de estandarizar el proceso de trabajo y evitar el riesgo de accidentes laborales al personal y daños a equipos, herramientas e infraestructura de la empresa.
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Protocolos.
El Ministerio de Salud ha desarrollado una serie de documentos técnicos con el objetivo de controlar la gestión del riesgo y la prevención de enfermedades profesionales. Dependiendo el rubro de la empresa, se deberá implementar los protocolos correspondientes, como, por ejemplo: Prexor, TMERT-EESS, Psicosocial, MCC, Covid-19, etc.
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